El lunes 17 de febrero debes presentar al SAT la información respecto de las operaciones que realizaste el año anterior, tales como pago de salarios, honorarios y arrendamientos, así como de los impuestos que hayas retenido.
Esta información se presenta por medios electrónicos, con algunas salvedades que se mencionan más adelante, utilizando el programa denominado "Declaración Informativa Múltiple" (DIM) V.3.3.8.
Esta declaración se integra de diez anexos, en los cuales reportarás la información que se precisa en la siguiente tabla:
Anexo | Nombre | Fecha límite de presentación |
1 | Información anual de sueldos, salarios, conceptos asimilados, crédito al salario y subsidio para el empleo (incluye ingresos por acciones) | Febrero 17 de 2014 |
2 | Información sobre pagos y retenciones del ISR, IVA e IESPS | Febrero 17 de 2014 |
3 | Información de contribuyentes que otorguen donativos | Febrero 17 de 2014 |
4 | Información sobre residentes en el extranjero | Febrero 17 de 2014 |
5 | De los regímenes fiscales preferentes. Esta declaración la presentan quienes hayan obtenido ingresos:
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Marzo 03 de 2014 |
6 | Empresas integradoras. Información de sus integradas. En el Anexo se relacionan las operaciones realizadas por cuenta de sus integrantes (art. 84, fracc. III, LISR 2013) |
Febrero 17 de 2014 |
7 | Régimen de pequeños contribuyentes. La obligación de presentar esta declaración tiene su fundamento legal en el artículo 137, cuarto párrafo, LISR vigente hasta el 31 de diciembre de 2013 |
Únicamente se presenta a requerimiento de autoridad |
8 | Información sobre el IVA. Aun cuando el DIM contempla este anexo, el mismo fue derogado (DOF del 24 de mayo de 2011), por lo que no está obligado a presentar dicho anexo desde el ejercicio 2010 |
N/A |
9 | Información de operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero. Esta declaración se presenta para cumplir con lo previsto en los artículos 86, fracción XIII y 133, fracción X de la LISR vigente hasta el 31 de diciembre de 2013. Quienes se encuentren obligados u opten por dictaminar sus estados financieros para efectos fiscales, podrán presentar esta información a más tardar en la fecha en que deban presentar el dictamen fiscal (regla II.3.5.2., RMISC 2013). No se tendrán obligación de reportar dato alguno en este anexo, cuando se trate de las siguientes operaciones con partes relacionadas (regla II.3.5.3., RMISC 2013):
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En la misma fecha en que venza el plazo para presentar la declaración del ejercicio del ISR |
10 | Operaciones efectuadas a través de fideicomisos. Esta declaración la deben presentar las personas morales por las operaciones efectuadas a través de fideicomisos en los que intervengan, donde se realicen actividades empresariales (art. 86, fracc. XVI, LISR 2013) |
Febrero 17 de 2014 |
Medios de presentación
Registros capturados (todos los anexos) | Medio de presentación |
Hasta 1,000 | El archivo con la información se presentará en la página de Internet del SAT, quien enviará a los contribuyentes por la misma vía, el acuse de recibo electrónico, el cual deberá contener: el número de operación, fecha de presentación y el sello digital generado |
Superior a 1,000 | La declaración se presentará ante cualquier ALSC, en unidad de memoria extraíble USB o en disco compacto (CD) |
Recuerda que cada anexo puede presentarse de forma independiente, a más tardar en la fecha en que debe cumplirse la obligación que ampara, acompañado invariablemente de la información relativa a los datos generales del declarante y resumen global, en cuyo caso cada anexo presentado se considerará como declaración normal.
Aspectos generales del DIM
Una vez que cuentes con el archivo que contiene el programa DIM, podrás instalarlo siguiendo los pasos marcados por el asistente de instalación.
Al iniciar el programa debes dar de alta al contribuyente a través del menú “Contribuyentes” ubicado en el “Árbol” del sistema, con lo que se muestra la ventana donde se requisitarán los datos del contribuyente.
Así, se mostrará el RFC del contribuyente en el “Árbol” del sistema y podrá darse de alta una nueva declaración.
En el menú desplegable de cada anexo, podrás elegir una de las siguientes opciones:
Menú | Descripción | Ejemplo |
La presenta sin operaciones | Se encuentra obligado a presentar la declaración señalada pero no se realizaron operaciones a reportar durante el ejercicio | El contribuyente tiene dada de alta en el RFC la obligación de retenedor de ISR por pago de arrendamiento a personas físicas, pero en el ejercicio no realizó ninguno de estos pagos. Por ello, debe seleccionarse esta opción |
La presenta con datos | Se encuentra obligado a presentar la declaración señalada habiendo realizado operaciones durante el ejercicio | Un contribuyente realizó pagos al extranjero en 2013, por lo que deberá informar sobre dichos pagos en el anexo 4 |
No la presenta | Es una declaración que no le es aplicable al contribuyente por no corresponder a obligaciones registradas en el RFC o no haber realizado operaciones por dichos conceptos | Una empresa que no le es aplicable el anexo 7 de los Repecos |
El sistema puede desplegar ventanas de ayuda para algunos campos, los cuales se mostrarán ubicando el cursor en el campo del dato a llenar y pulsando el botón derecho del ratón.
A fin de revisar qué información se captura en los diversos anexos del programa, te invitamos a consultar los casos prácticos que se presentan en este especial