El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que todas las personas físicas deberán utilizar el servicio de declaraciones y pagos (SEDEPA) para presentar los pagos provisionales y definitivos de 2013.
A través de su página de Internet, el organismo detalló que si se va a presentaralguna declaración de manera extemporánea, o bien la complementaria de algún mes de 2013 o anteriores, deberás utilizar esta herramienta.
La obligación de utilizar el mecanismo entró en vigor de manera paulatina tal y como se muestra en el siguiente calendario:
A partir de: | Sujetos obligados | Deben presentar a través del SEDEPA las declaraciones de: |
Febrero de 2011 | Contribuyentes que sean sujetos del IESPS | Enero 2011 y subsecuentes |
Mayo de 2011 | Contribuyentes que en términos del artículo 32-A del CFF, se encuentren obligados a dictaminar sus estados financieros en 2011, respecto del ejercicio fiscal 2010 | Abril 2012 y subsecuentes |
Febrero de 2012 | Personas morales | Enero 2012 y subsecuentes |
Septiembre de 2012 | Personas físicas que en el último ejercicio fiscal declarado hayan manifestado ingresos totales o superiores a un millón de pesos | Agosto 2012 y subsecuentes |
Noviembre de 2012 | Personas físicas que en el último ejercicio fiscal declarado manifestaron ingresos totales superiores a $250,000.00 | Octubre de 2012 y subsecuentes |
Febrero 2014 | Todas las personas físicas para presentar los pagos provisionales y definitivos | El ejercicio 2013 y anteriores |
Por último, te recordamos que debido a la implementación de una plataforma simplificada, las personas físicas podrán presentar su pago de enero en la misma fecha en que deben presentar la declaración de febrero de 2014.