SAT publica créditos condonados

La dependencia también agregó otros 5,600 contribuyentes a la lista de causantes incumplidos

Lista de contribuyentes incumplidos
 Lista de contribuyentes incumplidos  (Foto: Redacción)

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) actualizó este lunes la lista de contribuyentes incumplidos, además de que dio a conocer los datos de 97 causantes a quienes le fueron condonados igual número de créditos fiscales.

La relación, que el SAT ha actualizado en varias ocasiones, desde su publicación inicial, a principio de 2014, incluye los datos —nombre, razón social y RFC— de 5,610 contribuyentes adicionales.

“De estos, 470 corresponden a créditos firmes, 341 a créditos exigibles, 4,697 a créditos cancelados, 97 con créditos condonados y 5 con sentencia condenatoria ejecutoria”, detalló la dependencia en un comunicado.

Respecto de la condonación, aclaró el SAT, “esta se aplica solo a las multas” y el beneficio de se condiciona, en su caso, al pago de la contribución omitida.

Las multas susceptibles de condonarse son las siguientes: 1. Las impuestas por infracción a las disposiciones fiscales y aduaneras; 2. Las auto determinadas por el contribuyente; 3. Las que derivan de declarar pérdidas fiscales mayores a las realmente sufridas, y 4. Las impuestas al sector primario.

La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) estima que el SAT no debe dar a conocer la lista de contribuyentes que incumplen con sus obligaciones fiscales, debido a que esto viola los derechos fundamentales de los pagadores de impuestos.

Este registro, de acuerdo con Prodecon, es un acto de molestia que debería constar en una resolución escrita en la que debe aparecer el fundamento legal preciso con el que se determina el adeudo del contribuyente.

Sobre los créditos condonados, el pasado 15 de enero la Prodecon pidió al SAT publicar los datos de las empresas y personas físicas a las que les ha condonado o cancelado sus adeudos, pues –a decir del Ombudsman fiscal- no se deben hacer distinciones en la aplicación de la excepción del secreto fiscal que establece el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación (CFF).