Pago del ISR e IVA de los artistas

Estos pueden optar por pagar sus impuestos mediante la entrega de obras de arte de su creación

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 .  (Foto: Notimex)

Los artistas que decidan donar a la federación, estados o municipios, una colección de obras de arte de su producción, o de bienes con valor artístico o histórico de su propiedad, que constituyan un museo o una parte significativa del mismo, podrán utilizar el valor de sus obras o bienes para pagar el ISR y/o el IVA a su cargo en el ejercicio o periodo relativo.

Si resulta un remanente a su favor pueden aplicarlo en los ejercicios siguientes hasta agotarlo, pero no podrán solicitar su devolución.

Para determinar el valor de su obra es necesario obtener una constancia emitida por la autoridad competente o especialista certificado, en la que se exprese su importe y la aceptación de la cantidad asignada.

El artista ha de exhibir su declaración anual del ISR o del periodo del IVA, mediante escrito libre que ingrese a la Administración Local de Recaudación correspondiente a su domicilio fiscal, junto con la constancia (regla I.10.2.7., RMISC 2014).