SAT resuelve dudas sobre contabilidad electrónica

En su página de Internet resolvió 37 preguntas relativas a este tema, pero existen algunas imprecisiones que debes tomar en cuenta

Aclare sus dudas y deduzca las colegiaturas de sus hijos
 Aclare sus dudas y deduzca las colegiaturas de sus hijos  (Foto: Redacción)

El pasado 4 de agosto el SAT publicó en su página de Internet un cuestionario para resolver algunas dudas relacionadas con la contabilidad electrónica.

Desafortunadamente este documento no se ha actualizado para incorporar los cambios efectuados en el anteproyecto de la Tercera Modificación a la RMISC, lo cual puede generar confusión a los contribuyentes. Por lo anterior, conviene realizar las siguientes precisiones:

  • Pregunta 1, obligación de llevar una contabilidad distinta a la financiera. En el cuestionario se señala que la única contabilidad que se lleva es la realizada conforme a las normas de información financiera. Sin embargo, en el listado del código agrupador contenido en el Anexo 24 de la RMISC el rubro 62 contempla la cuenta de compra, cuando en realidad el registro contable se hace con cargo a la cuenta de inventarios y no a una cuenta de resultados
  • Preguntas 3 y 23, modificaciones al catálogo de cuentas. En la pregunta 3 se señala que en el catálogo, la información debe enviarse como mínimo a nivel de cuenta y subcuenta

Esta situación resulta contraria a lo previsto en la pregunta 23 la cual señala que en caso de que se adicione una sub-subcuenta se tendría que reenviar el catálogo pues se considera que ha sido modificado. Este criterio obligaría a presentar el catálogo prácticamente cada mes, pues cuando se obtienen nuevos clientes, proveedores o trabajadores, se abren sub-subcuentas para controlarlos.

  • Pregunta 4, fecha de presentación de las balanzas de comprobación del segundo semestre de 2014. Estos documentos deberán presentarse hasta enero 2015 conforme a lo señalado en el Anteproyecto
  • Pregunta 26, CFDI amparados por las pólizas contables. En el cuestionario se señala que debe identificarse el folio del CFDI, por lo que es necesario que el sistema traslade de manera automatizada el folio fiscal a la póliza. Sin embargo, en el Anteproyecto se establece que si no es posible identificar el folio fiscal asignado a los comprobantes fiscales dentro de las pólizas contables, el contribuyente podrá, a través de un reporte auxiliar relacionar todos los folios fiscales, el RFC y el monto contenido en los comprobantes que amparen dicha póliza

Te invitamos a nuestro seminario de Contabilidad Electrónica para que cumplas adecuadamente con esta nueva obligación fiscal.