Si bien las reglas que regulan el envío de la contabilidad al SAT cambiaron de referencia, las mismas no observan modificaciones de fondo.
Por tal razón, y conforme a lo señalado en el artículo Décimo Cuarto de la Quinta Modificación a la RMISC, publicada este jueves en el DOF, se mantiene vigente la obligación de enviar en enero de 2015 el catálogo de cuentas y las balanzas de comprobación correspondientes a los meses de julio a diciembre de 2014.
En la siguiente tabla podrás identificar el número de la regla en la que quedaron regulados diversos conceptos relativos al envío de la contabilidad:
Título | Regla nueva | Regla vieja |
Sistema de registro fiscal “Mis cuentas” | I.2.8.1.2. | I.2.8.2. |
Información relacionada con la clave en el RFC de sus usuarios | I.2.8.1.3. | I.2.8.3. |
Formas oficiales aprobadas por el SAT | I.2.8.1.4. | I.2.8.4. |
Opción para expedir constancias o copias a terceros de declaraciones informativas | I.2.8.1.5. | I.2.8.5. |
Contabilidad en medios electrónicos | I.2.8.1.6. | I.2.8.6. |
Cumplimiento de la disposición de entregar contabilidad en medios electrónicos de manera mensual | I.2.8.1.7. | I.2.8.7. |
Cumplimiento de la disposición de entregar contabilidad en medios electrónicos a requerimiento de la autoridad | I.2.8.1.8. | I.2.8.8. |
De los papeles de trabajo y registro de asientos contables | I.2.8.1.9. | I.2.8.9. |
Para mayor información sobre la contabilidad electrónica te invitamos a visitar nuestro especial.