BEPS: combate a prácticas de evasión internacionales

El plan BEPS es la iniciativa global para combatir prácticas agresivas de las multinacionales, cuyo impacto alcanza al causante mexicano

El Plan de Acción para Combatir la Evasión Fiscal y la Transferencia de Utilidades, conocido por las siglas en inglés BEPS (Action Plan vs Base Erosion and Profit Shifting), es una iniciativa global encabezada por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) que busca combatir las prácticas fiscales agresivas de las multinacionales.

En México, a partir del presente ejercicio fiscal, la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) contiene ya importantes disposiciones en este sentido.

Al interior de la OCDE, desde hace varios años se venía monitoreando el impacto de las prácticas fiscales de las multinacionales. Por ejemplo, el Tercer Foro sobre Administración Fiscal efectuado en Seúl, Corea del Sur en 2006 expresaba en su declaración final que "la evasión fiscal es un problema significativo y tiene una tendencia creciente, (…) en el caso de las compañías multinacionales es frecuente la distorsión del valor de sus operaciones intercompañía, con el propósito de generar beneficios a subsidiarias comúnmente ubicadas en paraísos fiscales".

En el mismo sentido, se han detectado empresas multinacionales que hacen uso indebido de los tratados para evitar la doble tributación. Existe una preocupación constante acerca de las prácticas de gobierno corporativo en las multinacionales y el rol de asesores fiscales y de instituciones financieras como promotores de esquemas de planeación fiscal inaceptables…”

La discusión sobre las prácticas fiscales de las multinacionales alcanzó uno de sus momentos más álgidos cuando en febrero del 2013, el portal de Internet de la OCDE en su página principal, formuló la pregunta: ¿Por qué usted paga más impuestos que una multinacional?

La respuesta, desde el punto de vista de la propia OCDE, se encuentra en los diversos mecanismos empleados por este tipo de compañías para disminuir su carga tributaria.

A continuación el L.C., M.B.A. y M.G.M. Jesús Aldrin Rojas M. y la C.P. Elizabeth Solís Mejía, Socio y Gerente de QCG Práctica de Precios de Transferencia, respectivamente, explican en qué consiste la problemática, el peligro que representa, cuál es el plan de acción a seguir y su impacto en México.

¿Qué tan grave es el hueco fiscal?

Existen diversas estimaciones sobre la dimensión de la evasión alcanzada por medio de esquemas agresivos de planeación fiscal. La OCDEcon información del Fondo Monetario Internacional (FMI) indica que para el ejercicio fiscal 2010, Barbados, Bermudas y las Islas Vírgenes Británicas recibieron más inversión extranjera directa que Alemania o Japón (5% de la inversión extranjera directa global de las Islas vs. 4.77% para Alemania y 3.76% para Japón).

El sitio de noticias de Bloomberg,  puntualiza que el costo de la evasión fiscal para los Estados Unidos de América y la Unión Europea, alcanza los 100 billones de dólares americanospor año. El secretario general de la OCDE, José Ángel Gurría, en conferencia de prensa el 16 de septiembre del presente año, mencionó que un nuevo cálculo sugiere que hay más de 2 trillones de dólares en cash boxes ubicados en paraísos fiscales.

El propio reporte addressing base erosion and profit shiftingde la OCDE, aclara, en referencia a un estudio de la investigadora Kimberly Clausingdel Reed College publicado en 2011, que existen discrepancias significativas entre los lugares de operación física de los grupos multinacionales y los sitios en donde se reportan los ingresos para efectos impositivos. Los primeros 10 países de operación física de las multinacionales son (por número de empleados): Reino Unido, Canadá, México, China, Alemania, Francia, Brasil, India, Japón y Australia. Sin embargo, las primeras 10 naciones en donde las multinacionales reportan para efectos fiscales son: Holanda, Luxemburgo, Canadá, Bermudas, Suiza, Singapur, Alemania, Noruega y Australia.

¿En qué consiste y cuál es su estatus?

El propósito del plan es evitar que los grupos multinacionales erosionen su base gravable en las jurisdicciones fiscales en las que operan por medio de prácticas fiscales agresivas. El plan de acción sugiere a los países miembros de la OCDE, e inclusive a otros países una serie de medidas coordinadas que impidan a las multinacionales la obtención de beneficios fiscales indebidos. El plan de acción descansa en tres ejes principales mediante los que se busca otorgar coherencia, sustancia y transparencia a las operaciones de los contribuyentes (ver cuadro de información, página 5).

La agendaes la siguiente: 

NÚMERO ACCIÓN OBJETIVO ESPERADO FECHA LÍMITE
1 Abordar los retos que supone el gravar adecuadamente a compañías de “la economía digital” –pertenecientes al sector de tecnologías de información– Informe para identificar los problemas planteados por la economía digital y las posibles medidas para resolverlos Septiembre de 2014
2 Neutralizar los efectos de mecanismos híbridos9 Cambios al Modelo Convenio Septiembre de 2014
Sugerencias sobre el diseño de reglas internas Septiembre de 2014
3 Reforzar las normativas sobre el uso de entidades transparentes o controlled foreign companies  (CFC's) en planeaciones fiscales agresivas Encargos sobre el diseño de normas  internas Septiembre de 2015
4 Limitar la erosión de la base gravable mediante deducciones de intereses y otros pagos financieros Recomendaciones sobre el diseño de reglas internas Septiembre de 2015
Reformas a los lineamientos de precios de transferencia Diciembre de 2015
5 Contrarrestar más eficazmente las prácticas fiscales nocivas, tomando en cuenta la transparencia y sustancia económica en las transacciones Finalizar la revisión de los regímenes de los países miembros Septiembre de 2014
Estrategia para ampliar la participación de los miembros no pertenecientes a la OCDE Septiembre de 2015
Revisión de los criterios existentes Diciembre de 2015
6 Prevenir el abuso de los tratados para evitar la doble tributación Modificaciones al Modelo Convenio Septiembre de 2014
Recomendaciones sobre el diseño de reglas internas Septiembre de 2014
7 Prevenir la evasión fiscal de establecimientos permanentes Cambios al Modelo Convenio Septiembre de 2015
8 Afirmar que los resultados de precios de transferencia están en línea con la creación de valor, tratándose de los  intangibles Reformas a los lineamientos de precios de transferencia y posiblemente al Modelo Convenio Septiembre de 2014
Modificaciones a los lineamientos de precios de transferencia y posiblemente al Modelo Convenio Septiembre de 2015
9 Resguardar que los resultados de precios de transferencia están en línea con la creación de valor: riesgo y capital Cambios a los lineamientos de precios de transferencia y posiblemente al Modelo Convenio Septiembre de 2015
10 Asegurar que los resultados de precios de transferencia están en línea con la creación de valor en otras transacciones de alto riesgo Reformas a los lineamientos de precios de transferencia y posiblemente al Modelo Convenio Septiembre de 2015
11 Establecer metodologías para la recopilación y el análisis de datos sobre la erosión de la base gravable y el traslado de utilidades  y sobre las acciones para enfrentarse a ella Sugerencias con respecto a la información recogida y metodologías para analizarlos Septiembre de 2015
12 Exigir a los contribuyentes que revelen sus mecanismos de planeación fiscal agresiva Encargos sobre el diseño de reglas internas Septiembre de 2015
13 Reexaminar la documentación de precios de transferencia Modificaciones a los lineamientos de precios de transferencia y recomendaciones en relación con el diseño de reglas internas Septiembre de 2014
14 Hacer más eficaces los mecanismos de resolución de controversias impositivas Cambios al Modelo Convenio Septiembre de 2015
15 Desarrollar un instrumento multilateral Reporte para observar los problemas trascendentes en leyes internacionales y de impuestos Septiembre de 2014
Desarrollar un instrumento multilateral Diciembre de 2015

La última actualización importante del plan de acción de la OCDE tuvo lugar el 16 de septiembre de 2014, fecha en que fueron liberados tres reportes (dos de ellos finales y uno interino) y cuatro instrumentos finales.

Los reportes aluden a:

  • retos en materia de fiscalización que presenta la “economía digital”
  • factibilidad de elaborar un instrumento multilateral que permita homologar la red de tratados para evitar la doble tributación en concordancia con el plan BEPS
  • estatus del combate a las prácticas fiscales lesivas

Los instrumentos de carácter final y que la OCDE ha puesto a disposición de las naciones miembros del G-20, incluso a otros Estados interesados son:

  • medidas acordadas para neutralizar los acuerdos de desajuste híbrido
  • acciones que se sugieren para combatir el abuso de los tratados para evitar la doble tributación
  • cambios propuestos en materia de precios de transferencia en cuanto a propiedad intangible
  • modificaciones requeridas al estándar de documentación en materia de precios de transferencia, incluyendo la incorporación de un reporte país a país que revele la situación fiscal de las multinacionales

Así, las restantes ocho acciones serán dadas a conocer en septiembre y diciembre de 2015. El plan de acción ha venido cumpliendo con las fechas previstas en tiempo y forma. 

Efecto en México

El gobierno mexicano en atención a la propuesta de la OCDE implementó una serie de reformas aplicables en el ejercicio 2014.

La estrategia de las autoridades fiscales tiene como ejes principales: contener el abuso a los tratados para evitar la doble tributación, vía las normas previstas en el nuevo artículo 4o de la LISR; garantizar la existencia de simetría fiscal en operaciones con partes relacionadas con fundamento en la fracción XXIX del artículo 28 de la LISR, y desalentar el uso de planeaciones que interpongan instrumentos híbridos, en los términos indicados en la fracción XXXI del precepto en cita.

Las actuales disposiciones fueron modificadas razonablemente, pues originalmente, la exposición de motivos de la LISR proponía negar la deducibilidad completa de intereses, regalías y servicios, lo cual desde luego se encontraba fuera de las recomendaciones emitidas por la OCDE.

Otras propuestas, como la de modificar el artículo 5o de la LISR para incluir normas que privilegiaran la sustancia económica o racionalidad de negocios en las operaciones, y que  atacara la elusión, diferimiento o devolución del pago realizado, finalmente no fueron aprobadas.

Sin embargo, hay que considerar que el artículo 177 de la LISR contempla la determinación de actos jurídicos simulados entre partes relacionadas, lo cual abre la posibilidad al fisco federal de desestimar caracterizaciones artificiosas de las transacciones o modelos de negocio de los contribuyentes que hubiesen intentado estos mecanismos para disminuir su base gravable, incluso puede traer consecuencias de carácter penalde acuerdo con la fracción IV del artículo 109 del CFF. 

Si bien en nuestro país no existen datos recientes sobre el monto de la evasión fiscal de las multinacionales, en enero de 2014, el jefe del SAT, Aristóteles Núñez, mencionaba que al menos 270 compañías serían objeto de revisión por sus prácticas lesivas.

Es evidente que conforme avance el plan de acción de la OCDE, habrá cambios al actual marco regulatorio en materia de precios de transferencia e impuestos internacionales, con el propósito de ajustar la ley doméstica a la internacional y evitar la afectación de la base gravable mexicana.

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 -  (Foto: Redacción)

Conclusiones

El multicitado plan es un parteaguas en la tributación internacional.

Las modificaciones esperadas al esquema tributario a nivel mundial son de una magnitud tal que será necesaria la redefinición del Modelo Convenio Fiscal de la OCDE, la red de tratados internacionales en materia de doble tributación y de las actuales directrices en materia de precios de transferencia.

El avance del proyecto BEPS es acompañado de la aparición cada vez más frecuente de empresas e incluso firmas profesionales que han sido señaladas en medios impresos y electrónicos por el uso de ciertas estructuras fiscales, lo cual va a desembocar en una serie de auditorías tanto en materia de impuestos internacionales como de precios de transferencia.  

El uso de compañías instrumentales residentes en regímenes preferentes, reestructuras de cadena de valor en demérito de la recaudación nacional, así como las migraciones de intangibles o diseños financieros artificiales son casos en controversia.

Ante ese escenario, las multinacionales en México deberán hacer una revisión profunda de sus actuales políticas en materia de precios de transferencia y tributación internacional para poder anticiparse a los efectos del plan y puedan, en consecuencia, alinear sus operaciones.