CFDI por retención a extranjeros

Se puede utilizar la impresión de los Anexos 1, 2 y 4 del programa de declaración informativa múltiple

Laboro en una empresa que contrató a un italiano para que impartiera una asesoría al personal sobre liderazgo y toma de decisiones a nivel gerencial.

El servicio se prestó en territorio nacional por más de 183 días,  por lo que debo efectuar la retención del ISR 2014. Para emitir la constancia respectiva, ¿puedo hacerlo mediante la forma oficial 28 o es forzoso expedir un comprobante fiscal digital por Internet (CFDI)?  

No puede utilizar el formato 28 “Constancia de pagos efectuados a residentes en el extranjero provenientes de fuente de riqueza ubicada en territorio nacional”, en virtud de que ya no está vigente.

En vez de emitir el CFDI, puede utilizar la impresión de los Anexos 1, 2 y 4 del programa de la declaración informativa múltiple “DIM” (regla  2.8.1.11., RMISC 2015).