Efectos del ISR en la venta de tierras ejidales

Documentos que deben obtener los ejidatarios para beneficiarse de la exención prevista en la LISR

Beneficios para patrones y trabajadores del campo hasta 2012
 Beneficios para patrones y trabajadores del campo hasta 2012  (Foto: Redacción)

Si bien la venta de tierras ejidales es legal, es imperioso ejecutar todas y cada una de las diligencias para evitar problemas a futuro y sobre todo contar con los documentos que acrediten la calidad ejidataria ante el fedatario público que eleve la compraventa a escritura pública para que el vendedor obtenga la exención del ISR correspondiente.

La Ley Agraria (LA) permite el cambio del régimen ejidal a propiedad privada, si se reúnen ciertos requisitos, esto implica que los ejidatarios puedan vender sus parcelas.

En cuanto a las exigencias que prevén los artículos 81 y 82 de la LA para realizar ese acto son que:

  • la mayor parte de las parcelas hubiesen sido delimitadas y asignadas a los ejidatarios según el artículo 56 de la LA
  • la Asamblea hubiese resuelto que los ejidatarios adoptarán el dominio pleno sobre sus parcelas
  • el ejidatario tenga el dominio pleno de su parcela y solicite al Registro Agrario Nacional (RAN) que las tierras sean dadas de baja en esa institución. Una vez que esto suceda quedarán sujetas a las disposiciones del derecho común, y
  • el RAN hubiese expedido el título de propiedad respectivo que será inscrito en el Registro Público de la Propiedad

Para la validez de la enajenación se requiere:

  • elevar a escritura pública la compraventa
  • notificar por escrito a quienes ostentan el derecho del tanto. Es factible la renuncia expresa por escrito ante dos testigos e inscrita en el RAN, y
  • dar aviso por escrito al comisariado ejidal

En el artículo denominado “Venta de tierras ejidales causa ISR” puedes conocer con detalle las exigencias para efectuar la enajenación de este tipo de tierras, asimismo se presenta un caso práctico en el que podrás observar: los formatos para hacer del conocimiento el deseo de vender la tierra a quienes ostenten el derecho del tanto; la respuesta a esa notificación, los documentos con los cuales se acreditará ante el fedatario público la calidad de ejidatario para obtener la exención del ISR.