¿El SAT te ayuda con tu declaración anual?

Hasta el 26 de abril la dependencia había recibido poco más de 2.1 millones de declaraciones

Avances en la Ley de Ayuda Alimentaria
 Avances en la Ley de Ayuda Alimentaria  (Foto: Redacción)

Por Samantha Álvarez

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene la obligación de auxiliarte para que cumplas con tus obligaciones fiscales, por ello si eres persona física y te encuentras bajo el régimen de asalariados, actividad empresarial, arrendamiento, honorarios y otros ingresos podrás acudir a las oficinas de la dependencia para ser asesorado.

Al llegar a la oficina del SAT más cercana a tu domicilio o trabajo, debes presentarte en el módulo de asistencia y pedir esta asesoría. Los funcionarios podrían estar contigo paso a paso o solo auxiliarte en caso de que tengas alguna duda en específico.

Si eres asalariado necesitaras presentar constancias de retención de los patrones y las copias de las facturas de deducciones personales, clabe interbancaria y contraseña.

“En caso de que el contribuyente no cuente con la constancia de retenciones o contraseña, en ese instante el SAT le proporcionará al información pues cuenta con una base de datos previamente cargada en su sistema”, dijo la vocera del SAT Fabiola Sámano.

Los demás contribuyentes deberán presentar sus ingresos totales durante el año, las deducciones vinculadas con la operación y sus pagos provisionales cubiertos. En caso de que las devoluciones excedan los 40,000 pesos deberán contar con su firma electrónica.

La ventaja de acudir al SAT es que el servicio de internet, uso de la computadora y asesoría fiscal serán gratuitos. Mientras que los servicios de un contador que realice este servicio podrían costar entre 1,500 pesos y 5,000 pesos.

En ese sentido, el experto en contabilidad de la Universidad Anáhuac México Sur, Joel Álvarez, mencionó que la desventaja de presentar la declaración sin asesoría de un contador, es que si hay algún error “no podrás reclamarle a nadie”, lo que implicará corregir los datos en una declaración complementaria en la que podrían surgir más dudas.

Hasta el domingo 26 de abril el SAT había recibido poco más de 2.1 millones declaraciones anuales; sin embargo, el padrón de personas físicas es de 17.3 millones, sin contar a los asalariados.

De no presentar a tiempo la declaración a más tardar el 30 de abril, tendrás que hacerlo después de manera extemporánea.

“Si el fisco descubre que no presentaste la declaración te pondrá una multa aproximada de 1,100 pesos”, dijo Joel Álvarez.

Además de la sanción económica, si presentas a destiempo el registro anual de tus gastos e ingresos perderás el beneficio de obtener tus devoluciones automáticas.

Con información de CNN Expansión