Cómo quedó el segundo ajuste de la RMISC 2015

Aprecia los cambios oficiales recientes de este importante ordenamiento jurídico y aplícalos cuando procedan

Observe las modificaciones a la RMISC Fiscal
 Observe las modificaciones a la RMISC Fiscal  (Foto: Redacción)

Después de varias adecuaciones, y para beneplácito de los contribuyentes, recientemente se dio a conocer en el DOF la Segunda Resolución de Modificaciones a la RMISC 2015.

Dicho documento prevé, entre otros aspectos que:

  • la e-contabilidad se pueda enviar por la sección de “Trámites” del portal del SAT
  • los datos de quienes desvirtuaron la presunción de operaciones simuladas se publiquen en el DOF y en la página de Internet del SAT
  • las declaraciones complementarias del sector financiero referidas en el anexo 25 se exhiban hasta el 15 de septiembre de 2015
  • el SAT de a conocer los requisitos para aplicar las gracias para la sustitución de vehículos de autotransporte de pasaje, carga y turismo
  • el CFDI que ampare la venta del auto nuevo o seminuevo contenga el complemento dado a conocer por el SAT en su portal electrónico
  • los centros de destrucción deben otorgar una fianza, 30 días después de que el SAT los autorice su operación, y
  • las agencias de cooperación que adquieran bienes o reciban servicios destinados al desarrollo de ciertos proyectos aprobados podrán solicitar la devolución del IVA trasladado

Si te interesa conocer todos los pormenores de los ajustes que sufrieron las reglas misceláneas te recomendamos consultar el artículo “2ª modificación a la RMISC 2015”.