Ingresos por fideicomiso inmobiliario

Las personas físicas residentes en México considerarán que el resultado distribuido por la fiduciaria corresponde a los ingresos derivados del régimen

Se constituyó un fideicomiso inmobiliario para construir unas oficinas y posteriormente rentarlas; a su vez la fiduciaria emitió certificados de participación a las personas físicas por los bienes que aportaron al fideicomiso. Si la fiduciaria determina y distribuye el resultado fiscal a los tenedores de esos títulos, ¿en qué régimen deben declarar los ingresos obtenidos?

En el régimen de arrendamiento y en general por otorgar el uso o goce temporal de inmuebles, en virtud de que el artículo 188, fracción V, segundo párrafo, en relación con el numeral 114, fracción II, ambos de la LISR, dispone que las personas físicas residentes en México considerarán que el resultado fiscal distribuido por la fiduciaria corresponde a los ingresos derivados de tal régimen.