El nuevo reglamento se compone de los siguientes Títulos:
I. Disposiciones generales
II. De las personas morales, en donde se incluyen como Capítulos: “Régimen opcional para grupos de sociedades”, “De los coordinados”, “Régimen de actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras” y se suprime el anterior Capítulo VIII “De las facultades de las autoridades fiscales”
III. Del régimen de las personas morales con fines no lucrativos
IV. De las personas físicas, el cual contempla una sección única de las personas físicas con actividades empresariales y profesionales, incluyendo al régimen general y de incorporación fiscal; además se eliminó a los intermedios y pequeños contribuyentes
V. De los residentes en el extranjero con ingresos provenientes de fuente de riqueza ubicada en territorio nacional
VI. De los regímenes fiscales preferentes y de las empresas multinacionales
VII. De los estímulos fiscales (nuevo)
Este reglamento entrará en vigor el 9 de octubre de 2015 y abroga al RLISR publicado el 17 de octubre de 2003.
En términos generales reitera varias disposiciones contenidas en el RLISR 2003 abrogado, precisándose las referencias a los artículos de la nueva LISR.