Nuevo Reglamento de la LISR

Novedades más destacadas de ese ordenamiento que impone nuevas obligaciones o algunas otras las ajusta

El 8 de octubre de 2015 se publicó en el DOF el nuevo RLISR, cuyos cambios inciden en: beneficios para el sector primario; una tasa adicional del ISR en la distribución de dividendos por fideicomisos; reglas para la declaración informativa de contraprestaciones y donativos en efectivo; informes por transacciones en efectivo; devolución de saldos a favor; ajustes para los comprobantes fiscales de nómina; ingresos no sujetos a régimen fiscal preferente; crédito para maquila; deducción inmediata; precisiones para que las sociedades cooperativas de producción cambien la opción para calcular el impuesto y ajustes en cuanto a la inversión de capital en riesgo.

Además, se adecuan las referencias a los preceptos de la LISR vigente. A continuación la síntesis de las adiciones más relevantes.

Estados financieros

En el artículo 28 (antes 23-A) se adiciona que los estados financieros consolidados pueden elaborarse con los principios de contabilidad denominados “United States Generally Accepted Accounting Principles” o las normas internacionales de información financiera y, en general, cualquier otra disposición jurídica aplicable en materia de contabilidad.

Beneficios para el sector primario

Los contribuyentes del sector primario podrán aplicar la reducción del ISR también en pagos provisionales (art. 105).

Informativas

Se establecen reglas adicionales a cumplir relacionadas con la declaración informativa de contraprestaciones y donativos recibidos en efectivo (art. 112).

También se presentará el informe sobre préstamos y aumentos de capital recibidos en efectivo cuando se perciban en dos o más pagos que excedan de seiscientos mil pesos durante un ejercicio (art.113).

Tasa adicional a dividendos

En la distribución de dividendos mediante fideicomisos celebrados de acuerdo con las leyes mexicanas se causará el ISR adicional del 10 % (art. 122, segundo párrafo)

Objeto social de empresas

Se precisan algunos conceptos relacionados con el objeto social de las personas morales no contribuyentes (arts. 132 y 135)

Donatarias

Se puntualizan los casos en que las donatarias autorizadas cumplen con destinar sus activos para fines propios de su objeto social, así como aquellos en los que esto no ocurre (art. 138, apartados B y C).

Sociedad conyugal

Los integrantes de ese tipo de sociedad pueden nombrar a un representante legal para que a su nombre calcule y entere los pagos provisionales del ISR.

El representado de la sociedad conyugal que opte por pagar el impuesto por los ingresos que le corresponda por la misma, manifestará esta opción al momento de su inscripción, o bien, mediante la presentación del aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones según los artículos 29 y 30 del RCFF (art. 142, penúltimo y último párrafos)..

Operaciones en efectivo

Se informará sobre las operaciones recibidas en efectivo, en moneda nacional o extranjera o en piezas de oro o plata, si al incluir los impuestos se supera la cantidad de cien mil pesos. También será obligatorio cuando por una operación se efectúen uno o varios pagos.

Si la contraprestación se paga una parte con cheque, transferencia o instrumentos monetarios y otra con efectivo, moneda nacional o extranjera o con piezas de oro o plata, solo se comunicará el monto pagado conforme a los últimos medios y siempre que sea superior a $100,000.00. (art.161)

Devolución de saldos a favor

Si no es posible efectuar la compensación de los saldos a favor de los trabajadores, bastará que exista un saldo a favor y la presentación de la declaración anual por parte de los subordinados para solicitar la devolución en términos del numeral 22 del CFF (art.180)

CFDI de nómina

Los empleadores obligados a expedir los comprobantes fiscales anotarán en los mismos todos los datos de la persona que le hubiera prestado servicios personales subordinados y devolverán al trabajador el original de los expedidos por otros patrones que le hubiera entregado el trabajador durante el año de calendario de que se trate, conservando copias de estos (art. 183).

REFIPRES

No son ingresos sujetos a régimen fiscal preferente los generados mediante entidades o figuras jurídicas extranjeras transparentes en las que el contribuyente no tenga el control efectivo o el de su administración, o sea, se adicionó el texto de la regla 3.19.1. de la RMISC 2015 (art. 294).

Crédito para maquila

Las maquiladoras que optaron por aplicar contra el ISR anual causado correspondiente a su utilidad fiscal, un crédito fiscal por el equivalente al monto del impuesto que dejarían de pagar si aplicaran la deducción inmediata de las inversiones en bienes nuevos de activo fijo, incluso cuando se utilicen dentro de las áreas metropolitanas y de influencia del DF, Guadalajara y Monterrey, deberán a partir de 2014, continuar adicionando cada año al tributo del ejercicio causado, la cantidad pendiente por adicionar en los términos y condiciones de las fracciones II y III, del artículo 277 del reglamento abrogado (art. sexto transitorio)

Deducción inmediata

Los establecimientos permanentes de personas morales extranjeras a la oficina central de la sociedad o a otro establecimiento de esta en el extranjero que con anterioridad a la entrada en vigor de la LISR, optaron por la deducción inmediata de bienes nuevos de activo fijo, podrán disminuir de la cuenta de remesas la cantidad que resulte en términos del artículo 221, fracción III de la Ley abrogada, según sea el caso (art. séptimo transitorio)

Sociedades cooperativas

Las sociedades cooperativas de producción podrán cambiar la opción de calcular el ISR según el Título IV “De las personas físicas con actividades empresariales” y hacerlo conforme al régimen general, si (art. 308):

  • presentan el aviso correspondiente dentro del mes siguiente al cual ocurra el cambio
  • pagan el impuesto diferido aplicando al monto de la utilidad distribuida al socio de que se trate la tarifa a que se refiere el artículo 152 de la LISR, relativo a los ejercicios siguientes a la fecha en que se determinó la misma, a más tardar el 17 del mes inmediato siguiente al cual en que se presente el aviso.

    Las primeras utilidades distribuidas son las que se hubiese generado primero

Inversión en capital de riesgo

Se incluye el contenido de las reglas 3.21.4.1., 3.21.4.2., 3.21.3.6., 3.21.4.5. y 3.21.4.6. de la RMISC 2015 que conforma el texto de los artículos 309 a 313 del RLISR.