Por Joyce Pasantes
Se aplaza el dictado de la resolución de amparos directos y en los recursos de revisión administrativa promovidos en contra de las sentencias emitidas por las Salas del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa en los que subsista el problema de constitucionalidad relacionado con la contabilidad en medios electrónicos, su envío al SAT y el buzón tributario previstos en los artículos 17-K, 18, 28, fracciones III y IV, 29, y segundo transitorio, fracciones III, IV y VII del CFF, reformados mediante Decreto del 9 de diciembre de 2013, del diverso 22, fracciones IV y VI, de la LIF 2015, incluso de las diversas disposiciones de observancia general que regulan esos tópicos.