Aviso al SAT por opción de `Mis Cuentas´

Guía para hacer del conocimiento a la autoridad hacendaria de la elección de ese sistema en línea

-
 -  (Foto: Redacción)

Las personas físicas que opten por utilizar la herramienta de “Mis cuentas” para llevar su contabilidad según la regla 2.8.1.5. de la RMISC 2016 deben presentar una aclaración a más tardar el 30 de abril de 2016 a fin de darle a conocer al SAT su elección, con efectos a partir del 1o. de enero de este año.

Esto solo procederá si los individuos descritos no están constreñidos a exhibir su información contable desde el 1o. de enero de 2015 por haber obtenido ingresos acumulables superiores a cuatro millones de pesos durante 2013, o que en 2014 y 2015 hubiesen excedido el citado monto (regla 2.8.1.19., Adición).

Para mayor información sobre la manera en la que ciertos contribuyentes deben enviar su información contable a la autoridad hacendaria, se sugiere escanear el código QR que aparece en este apartado.

A continuación se muestran los pasos a seguir para realizar el trámite.

1 Ingresar a la página de Internet del SAT, ubicar el apartado de “Mi portal”, capturar el RFC y contraseña. Luego oprimir “Iniciar sesión”

-
 -  (Foto: Redacción)

2 Elegir del menú “Servicios por Internet”, después “Servicio o solicitudes”

-
 -  (Foto: Redacción)
-
 -  (Foto: Redacción)

3 Se desplegará la ventana titulada “Servicio de Aviso” con los datos del contribuyente pre-cargados (RFC, nombre, y la Administración Desconcentrada que le compete). Se ha de señalar el trámite (OPCIÓN MIS CUENTAS CONTAB ELEC), el asunto (opción mis cuentas), la descripción (reseña de lo pretendido) y se oprime “Enviar”.

-
 -  (Foto: Redacción)
-
 -  (Foto: Redacción)

4 De no existir ningún error, el sistema mostrará la leyenda: Su información ha sido enviada correctamente con el número de folio respectivo y se pulsa “Aceptar”

-
 -  (Foto: Redacción)

5 Obtener el acuse correspondiente, para ello, se da click en “Acuse de Recepción” y se muestra el documento que puede guardar o imprimir

-
 -  (Foto: Redacción)
-
 -  (Foto: Redacción)

6 Para verificar el estatus de su trámite ingrese a “Mi portal”, en la sección  “Consulta”, anote el número de folio y accione el botón “Buscar” y el sistema le mostrará la respuesta

-
 -  (Foto: Redacción)
-
 -  (Foto: Redacción)
-
 -  (Foto: Redacción)

Conclusión

La presentación del aviso de mérito es indispensable para no llevar la contabilidad por medios propios y enviarla al SAT vía el buzón tributario cada mes, pues es la única manera de que el fisco conozca que se ejerció la opción de “Mis cuentas”.

En cuanto a los contribuyentes que promovieron amparos en contra de la obligación de enviar la e-contabilidad existen criterios encontrados, por lo que la Suprema Corte de Justicia de la Nación atrajo los asuntos (en segunda instancia) y se encuentran pendientes de resolución.

Por ende, los quejosos no estarán constreñidos a mandar su información contable hasta que el máximo tribunal se pronuncie respecto de la constitucionalidad o no de tal deber.