CFDI solo con clave en el método de pago

En el CFDI debe anotarse únicamente la clave del método de pago sin utilizar la leyenda: Efectivo, cheque, tarjeta, etc.

(Foto: iStock)
 (Foto: iStock)  (Foto: Redacción)

Por Berenice Chávez

Uno de los requisitos que debe cumplir todo Comprobante Fiscal Digital (CFDI) es la forma en que se realiza el pago, ya sea en efectivo, transferencia electrónica de fondos, cheque nominativo o tarjeta de débito, de crédito, de servicio o las denominadas monederos electrónicos que autorice el SAT (art. 29-A, fracc. VII, inciso c), CFF).

Al respecto el anexo 20 de la RMISC, detalla la descripción de este complemento:

-
 -  (Foto: Redacción)

El pasado 3 de junio, la autoridad fiscal dio a conocer las claves que se deben utilizar en el complemento “método de pago”, mismas que serán obligatorias a partir del próximo 15 de julio.

Si aun tienes dudas respecto a que si en dicho complemento deberás anotar tanto la clave como la leyenda del método de pago, debes conocer lo siguiente.

La autoridad fiscal en su página de Internet, así como en diversos foros fiscales ha manifestado que únicamente se señalará en el CFDI la clave del método de pago sin plasmar el concepto de este, tal y como se muestra a continuación:

-
 -  (Foto: Redacción)