Buzón tributario bloqueado

Entérate cómo cumplir con tus deberes fiscales si te amparaste vs el buzón tributario

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 .  (Foto: iStock)

El SAT para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias a los contribuyentes amparados contra el buzón tributario, publicó en su sitio web los requisitos mínimos para que presenten por escrito libre el aviso de la:

  • determinación del derecho extraordinario sobre minería (forma 56)
  • aplicación del crédito del 50% del ISR diferido por concepto de pérdidas fiscales que con motivo de la desconsolidación se encuentre pendiente de enterar (forma 65)

Los trámites se presentan por Internet según el apartado de “Formas y Formatos” visible en el portal del fisco, pero al no señalarse con qué herramienta una opción podría ser vía “Mi portal” en el rubro de “Otros”.

Otra manera de cumplir con los deberes tributarios indicados, es exhibir la información directamente ante oficialía de partes de la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente correspondiente al domicilio fiscal.

A continuación se muestran los formatos con las exigencias que han de contener dichas gestiones:

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