Sustitución patronal: error en CFDI del Infonavit

No son deducibles las aportaciones al fondo de vivienda pagadas al Infonavit

A partir de marzo de 2016, nuestra compañía se convirtió en patrón sustituto, llevándose a cabo los avisos correspondientes en tiempo y forma para efectos de la sustitución patronal ante el IMSS. Cuando generamos las cédulas de liquidación de cuotas a partir de esa fecha, aparecen los datos de nuestra empresa, sin embargo, una vez realizado el pago y al obtener el comprobante fiscal digital por Internet (CFDI) por las aportaciones al fondo de vivienda del Infonavit, aún contiene el RFC del patrón sustituido, ¿en estas condiciones podemos deducir esas cuotas a pesar de que el CFDI contenga el RFC del empleador anterior?

No son deducibles las aportaciones al fondo de vivienda pagadas al Infonavit, en virtud de que el CFDI emitido por ese Instituto no contiene el RFC del patrón que pagó tales cuotas, sino del patrón sustituido (arts. 27, fracción III, LISR y 29-A, fracción IV, del CFF).

Ante esta eventualidad, es recomendable que realicen los trámites ante el Infonavit para reponer el CFDI con la clave correcta de la empresa, situación que debe estar solucionada a más tardar el 31 de diciembre de 2016 (art. 27, fracción XVIII, LISR).