Qué traería la LIVA 2017

Ten presente los cambios que en esta materia aprobaron los diputados y que están a la espera de ser avalados por el senado

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Por Joyce Pasantes

Este 20 de octubre la Cámara de Diputados aprobó diversas modificaciones a la LIVA, las cuales de ser aprobadas por los senadores serían aplicables a partir de 2017.

A continuación te presentamos un resumen de las propuestas más relevantes planteadas por el presidente Enrique Peña y las adiciones elaboradas por los diputados:

LIVA

Planteamiento del ejecutivo ¿Aprobada por diputados? Precisiones hechas por los  diputados
El tributo pagado por inversiones o gastos en periodos preoperativos será acreditable en la primera declaración de actividades El periodo preoperativo es en el que se realizan gastos e inversiones en forma previa al inicio de las actividades objeto del IVA y sería de un año, salvo que se demuestre según el proyecto de inversión que el plazo será mayor
Durante el ejercicio de inicio de actividades y el siguiente, la proporción del IVA acreditable para cada mes se calculará con los datos correspondientes al periodo comprendido desde el mes en el que se iniciaron las funciones y hasta por el que se calcula el tributo acreditable. El IVA de inversiones puede ser sujeto a un ajuste             N/A
La base para el IVA tratándose del uso o goce temporal, en territorio nacional, de bienes tangibles cuya entrega material se hubiese efectuado en el extranjero será el monto de las contraprestaciones
Tasa 0 % para la exportación de servicios a los de tecnologías de la información consistentes en: el desarrollo, la integración y el mantenimiento de aplicaciones informáticas o de sistemas computacionales, procesamiento, almacenamiento y  respaldos de información; la administración de bases de datos;  el alojamiento de aplicaciones informáticas; la modernización y optimización de sistemas de seguridad de la información y a la continuidad en la operación de los servicios anteriores; siempre que las empresas cumplan ciertos requisitos
Tratándose del aprovechamiento en territorio nacional de servicios prestados en el extranjero, la importación se efectúa en el momento en el que se pague efectivamente la contraprestación
N/A   En la subcontratación el contratista deberá informar al SAT la cantidad del impuesto que le trasladó en específico a cada uno de sus clientes y el que pagó en la declaración mensual respectiva