Trabajadores que compran acciones

Si la empresa en la que trabajas te permite adquirir sus acciones, debes determinar un ingreso acumulable

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Por Paris Pérez

Se considera que son ingresos por sueldos y salarios los obtenidos por las personas físicas que ejercen la opción otorgada por su empleador, o una parte relacionada del mismo, para adquirir, incluso mediante suscripción, acciones o títulos valor que representen bienes, sin costo alguno o a un precio menor o igual al de mercado que tengan dichas acciones o títulos valor al momento del ejercicio de la opción, independientemente de que las acciones o títulos valor sean emitidos por el empleador o la parte relacionada del mismo (art. 94, fracc. VII, LISR).

El ingreso acumulable será la diferencia existente entre el valor de mercado que tengan las acciones o títulos valor sujetos a la opción, al momento en el que el contribuyente ejerza la misma y el precio establecido al otorgarse dicha opción. Por ejemplo:

  Concepto Importe
  Valor de mercado de las acciones al momento de ejercer la opción $ 1,000.00
Menos: Precio en que el trabajador compra las acciones                                      500.00
Igual: Ingreso acumulable para el trabajador                                    $500.00

Es importante determinar el ingreso acumulable para el trabajador cuando ejercen la opción de comprar acciones, pues este debe incluirse dentro de los demás ingresos del mes para calcular correctamente el ISR del periodo.