Cuándo una multa fiscal es ilegal

Descubre cuando la imposición de este crédito fiscal tiene este carácter, según los tribunales

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Por Joyce Pasantes

Si el SAT emite un solo requerimiento, relativo a varias obligaciones tributarias y, con motivo de su inobservancia en el plazo señalado, impone multa al contribuyente por cada una de estas en diversas resoluciones, viola el principio non bis in ídem, ya que las sanciones son producto de la omisión oportuna de un mismo requerimiento.

La directriz en comento implica que existe la prohibición de que una misma conducta se castigue doblemente, o que sea sometida a dos procedimientos diferentes y que en cada uno de ellos se imponga una sanción, por el mismo hecho y para proteger el mismo bien jurídico; de modo que su aplicación requiere que exista identidad entre el sujeto, hecho y fundamento.

No olvides que el artículo 81, fracción I, del CFF prevé como motivos de infracción, no:

  • presentar las declaraciones, las solicitudes, los avisos o las constancias que exijan las disposiciones fiscales
  • hacerlo a través de los medios electrónicos que señale la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o presentarlos a requerimiento de las autoridades fiscales
  • cumplir los requerimientos para presentar alguno de los documentos o medios electrónicos, u
  • observar dichos requerimientos fuera de los plazos señalados en los mismos

En ese tenor, la imposición de diversas multas en distintas resoluciones transgrede dicho principio.

Así lo determinó el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Décimo Sexto Circuito al resolver el amparo directo 233/2016, del que derivó el criterio titulado: MULTAS FISCALES. SU IMPOSICIÓN EN DIVERSAS RESOLUCIONES CON MOTIVO DEL INCUMPLIMIENTO DE UN SOLO REQUERIMIENTO, RELATIVO A VARIAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS, VIOLA EL PRINCIPIO NON BIS IN IDEM, visible en el Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Materia Constitucional, Tesis XVI.1o.A.114 A (10a.), Tesis Aislada, Registro 2013029, noviembre de 2016.