Se amplía plazo para aviso de tributación bajo flujo de efectivo

Las personas morales que no presentaron en enero este aviso, aún pueden hacerlo, aquí los detalles

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Por Berenice Chávez

El SAT a través de lo que pretende ser la primera modificación a la RMISC 2017, amplía hasta el 10 de marzo de 2017 la presentación del “Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones”, consagrado en la ficha de trámite 71/CFF del Anexo 1-A de la RMISC 2017, para las personas morales que opten por tributar bajo el esquema de flujo de efectivo, siempre que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Estén constituidas únicamente por personas físicas
  • tributen en el Título II Del régimen general de la LISR, y
  • sus ingresos totales obtenidos en el ejercicio inmediato anterior no hubiese excedido de la cantidad de cinco millones de pesos

En los casos, en que estos contribuyentes inicien operaciones o reanuden actividades en 2017 y deseen tributar bajo el esquema de flujo de efectivo, deben ejercer dicha opción de tributación dentro de los 10 días siguientes a aquel en que presenten los trámites de inscripción en el RFC o reanudación de actividades, en términos previstos en las siguientes fichas contenidas en el Anexo 1-A de la RMISC 2017  (regla 3.21.6.1. RMISC):

  • 43/CFF “Solicitud de inscripción en el RFC de personas morales en la ADSC”
  • 45/CFF “Solicitud de inscripción en el RFC de personas morales a través de fedatario público por medios remotos”, o
  • 74/CFF “Aviso de reanudación de actividades”

El procedimiento a seguir para la presentación del “Aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones” lo podrás consultar en la nota: ¿Cómo optar por el nuevo régimen de acumulación?

Ten presente que los contribuyentes que ejerzan la opción con posterioridad a la presentación del pago provisional de enero de 2017; en el pago provisional de febrero deberán acumular los ingresos de enero y febrero, y disminuir el pago provisional que hubiesen enterado por enero en el sistema de pago referenciado.

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