¿Es aplicable la deducción inmediata de activos?

Solo los siguientes contribuyentes pueden tomar la deducción inmediata de bienes

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En términos de la fracción II de las Disposiciones de vigencia temporal de la Ley del Impuesto Sobre la Renta para 2016, solo los siguientes contribuyentes pueden tomar la deducción inmediata de bienes nuevos de activo fijo para el 2016, quienes:

  • tributen en los términos de los Títulos II o IV, Capítulo II, Sección I de la LISR, que hubiesen obtenido ingresos propios de su actividad empresarial en el 2015 de hasta $100 millones. Cuando inicien actividades en 2016 y estimen que sus ingresos no rebasaran de dicho límite, y
  • efectúen inversiones en la construcción y ampliación de infraestructura de transporte, tales como, carretera, caminos y puentes
  • realicen inversiones en las actividades previstas en el artículo 2o., fracciones II, III, IV y V de la Ley de Hidrocarburos, y en equipo para la generación, transporte, distribución y suministro de energía

Esta deducción no puede ejercerse tratándose de mobiliario y equipo de oficina, automóviles, equipo de blindaje de automóviles, o cualquier bien de activo fijo no identificable individualmente ni tratándose de aviones distintos de los dedicados a la aerofumigación agrícola.

Si uno de los contribuyentes señalados en el primer punto, desea aplicar este beneficio por la compra de un edificio adquirido en marzo de 2016 en $5,450,000.00, la deducción inmediata para tomar en el ejercicio es la siguiente:

Deducción inmediata

  Concepto Importe
  MOI $5,450,000.00
Por: Factor de ajuste 1
Igual: MOI ajustado 5,450,000.00
Por: Por ciento 74 %
Igual: Deducción inmediata $4,033,000.00

Factor de ajuste

  Concepto Importe
  INPC del último mes de la primera mitad del periodo en que se efectuó la inversión y hasta el cierre del ejercicio (julio 2016) 119.211
Entre: INPC del mes en el que se adquirió el bien (marzo 2016) 119.681
Igual: Factor de ajuste 0.996

Cuando el factor resulte inferior a la unidad, se tomará esta como factor, pues lo que la norma pretende es reconocer el efecto inflacionario del periodo más no la deflación del mismo.