¡CDMX perdona contribuciones a condóminos!

El fin es constituir el régimen de propiedad en condominio de construcciones financiadas por instituciones públicas

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 .  (Foto: iStock)

Por Joyce Pasantes

Uno de los factores que ha impedido la regularización de inmuebles en el régimen de propiedad en condominio de viviendas de interés social, incluidos locales comerciales es que los interesados que acuden a solicitar la individualización de cuentas prediales, no pueden cubrir los adeudos generados por concepto de impuesto predial.

A fin de facilitar la regularización, el Jefe de Gobierno de la CDMX dio a conocer en la Gaceta oficial de este 18 de abril ciertas facilidades administrativas, mismas que estarán vigentes del 19 de abril al 31 de diciembre del 2017.

Entre estas bondades destacan la condonación del 100% del impuesto predial, incluso gastos de ejecución, recargos, actualizaciones, diferencias o modificaciones, siempre que los solicitantes obtengan la constancia otorgada por el Instituto de Vivienda de la CDMX, y el impuesto sobre adquisición de inmuebles.

Además, el condominio debe ser preponderantemente de uso habitacional y en caso de contar con un uso distinto, este no deberá rebasar el 50 % de la superficie total de la construcción existente en la planta baja del inmueble.

Para obtener la condonación, los beneficiaros presentarán a más tardar el 15 de diciembre de 2017 en la Administración Tributaria Coruña, la constancia indicada y la relación global, con el nombre del titular registral, el número de cuenta predial, los datos de identificación de la vivienda, las contribuciones objeto de la facilidad y los montos respectivos por cada unidad de propiedad exclusiva.

Una vez entregada la constancia, el Instituto de Vivienda de la CDMX solicitará al Colegio de Notarios la asignación de fedatario público para realizar las escrituras correspondientes. 

Las escrituras en las que se hagan constar los actos jurídicos deberán firmarse e ingresarse al Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la CDMX a más tardar el 31 de diciembre de 2017, pero de existir suspensión de labores de ese ente, se prorrogará dicho plazo hasta enero de 2018.