Avisos al RFC en líne@

Para evitar el traslado hasta las oficinas hacendarias, el SAT fortalece la gestión electrónica de los principales trámites

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 .  (Foto: IDC online)

1. CONSIDERACIONES PREVIAS2. BENEFICIOS3. MEDIOS ELECTRÓNICOS    3.1. SISTEMA DE AVISO AL RFC    3.2. CONSULTA DE AVISOS AL RFC4. COMENTARIOS

1. Consideraciones previasDe conformidad con el artículo 27 del Código Fiscal de la Federación (CFF) y 14 de su Reglamento, las personas físicas y  morales deberán presentar los avisos al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) cuando corresponda.  

Asimismo, la regla 2.23.2. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2005 (RMISC 2005), establece cuales de ellos podrán realizarse por Internet, a través de la página electrónica del Servicio de Administración Tributaria (SAT), sin necesidad de la presentación física de documento alguno; los avisos aludidos son:

  • aumento o disminución de obligaciones,
  • suspensión o reanudación de actividades,
  • apertura o cierre de establecimiento, sucursal, local, puesto fijo, semifijo o almacén, y
  • cambio de actividad preponderante. 

De igual manera prevé el siguiente procedimiento para presentar un aviso al RFC por Internet: