Declaración personas morales (3ª parte)

En complemento de la edición anterior, se revisa el procedimiento para la presentación de la declaración utilizando el sistema DEM 2005

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 .  (Foto: IDC online)

1. Consideraciones previasCon fundamento en el primer párrafo del artículo 31 del Código Fiscal de la Federación y de la regla 2.17.1. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2004, las personas morales deberán presentar vía Internet las declaraciones anuales correspondientes al ejercicio de 2004 del impuesto sobre la renta (ISR) e impuesto al activo (IA), incluyendo sus complementarias, extemporáneas y de corrección fiscal, ante las instituciones de crédito que se encuentren autorizadas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

Por lo anterior y en complemento de la edición 104, de fecha 28 de febrero de 2005, de esta misma Sección, se considerarán los cálculos inherentes a la determinación del ISR e IA de 2004 de las personas morales en ella presentados, para efectos de elaborar el archivo electrónico mediante el uso del Programa para Presentación de Declaraciones Anuales de las personas morales ?Documentos electrónicos múltiples? (Sistema DEM 2005 v. 1.3.0.).