Facilidades administrativas 2005

Revisión de los beneficios más importantes susceptibles de aplicar por los contribuyentes que tributan en el régimen simplificado

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 .  (Foto: IDC online)

1.        Consideraciones previas
2.        Facilidades de comprobación por sector
            2.1.  Primario
            2.2.  De autotransporte terrestre de carga federal
            2.3.  De autotransporte terrestre foráneo de pasaje y turismo
            2.4.  De autotransporte terrestre de carga de materiales o
                    de pasajeros, urbano y suburbano
3.         Pagos provisionales semestrales
4.         Retención del ISR a trabajadores
5.         Comentarios

1. Consideraciones previasEl pasado 29 de abril, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Resolución de Facilidades Administrativas para los sectores de contribuyentes que en la misma se señalan para 2005 (Resolución); lo anterior en cumplimiento al segundo párrafo del artículo 85 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR).

Dicha Resolución es susceptible de aplicar por los contribuyentes, personas morales del régimen simplificado y físicas con actividad empresarial y régimen intermedio. Está dividida en función del sector al que van dirigidas cada una de las reglas, como se resume en el siguiente cuadro: