Pago de tiempo extra a trabajadores

Repaso del mecanismo para obtener las percepciones de los trabajadores que por concepto de horas extras, son exentas o gravadas

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 .  (Foto: IDC online)

1. Consideraciones previas
     1.1. Aspectos laborales
     1.2. Aspectos fiscales
2. Caso práctico
3. Comentarios finales
     

1. Consideraciones previas

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) en su artículo 123 establece que toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil. En este mismo artículo se estipula que la duración de la jornada máxima será de ocho horas, la nocturna de siete y la mixta de seis.
En la actualidad, una empresa ya sea por su volumen de producción, por el servicio que presta, por el desarrollo de nuevas líneas que le permitirán su crecimiento,…; es decir, circunstancias extraordinarias, requiere que su capital humano le pueda ofrecer más tiempo de sus servicios para cumplir con sus objetivos o metas planteadas.
A la extensión del tiempo en que el trabajador seguirá prestando sus servicios (luego de haber cumplido con su jornada de trabajo establecida en su contrato individual o colectivo), para poder dar seguimiento a esas circunstancias extraordinarias ya mencionadas, se le conoce como “tiempo extraordinario”.

1.1. Aspectos laborales
La CPEUM en el artículo 123, fracción XI establece: “Cuando, por circunstancias extraordinarias, deban aumentarse las horas de jornada, se abonará como salario por el tiempo excedente un ciento por ciento más de lo fijado para las horas normales.

En ningún caso el trabajo podrá exceder de tres horas diarias, ni de tres veces consecutivas.”