Opción para deducir el combustible

Opción para deducir el combustible

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 .  (Foto: IDC online)

Antecedentes
Los contribuyentes están preocupados por la deducción del consumo de combustibles. El exceso de regulación en este concepto ha propiciado molestias a las personas involucradas: los expendedores de combustibles no estaban preparados para estos nuevos requisitos; la autoridad ha cambiado constantemente los criterios aplicables y los contribuyentes intentan cumplir los requisitos que les imponen.

Este escenario no sólo complicó el cumplimiento de esta deducción, sino también afectó los tiempos de operación en el abastecimiento de combustibles, cuya consecuencia se refleja en la productividad de los contribuyentes. Esto motivó a la autoridad a flexibilizar los procedimientos para cumplir con esta deducción.

Así, la autoridad tributaria ideó una opción para deducir el consumo de combustibles si el pago se hace en efectivo cuando se den algunos supuestos. Para ello, en su página de Internet  se señalan los requisitos de esta opción, dentro de los cuales se exige recabar el comprobante correspondiente, además de informar mensualmente los motivos por los cuales se realizó el pago en efectivo, a través de ese medio o en escrito libre que se presentará en las oficinas de la autoridad, con la siguiente información:

  • número de la o las estaciones de servicio donde se realizó el consumo de combustible y el pago en efectivo;
  • monto total de la compra por cada estación de servicio, y
  • el motivo por el cual se realizó el pago en efectivo.

En el caso de utilizar la presentación vía Internet , no se requiere contar con la Firma Electrónica Avanzada ni con la Clave de Identificación Electrónica Avanzada, basta con capturar la clave del RFC y los datos antes señalados de todos los pagos en efectivo por cada uno de los establecimientos y su número de estación correspondiente; este último dato también se puede ubicar en la página de Internet: al registrar el Estado y el Municipio donde se encuentra la estación de servicio, se despliega la relación de dichas estaciones señalando el número relativo.

Para ilustrar este procedimiento, consideramos al contribuyente Vinos Maltrata, S.A. de C.V. con domicilio en San Juan del Río, Querétaro, que adquirió $15,000.00 de combustible en el mes de enero 2006 a la gasolinera "Operadora Camerún, S.A. de C.V." con número de estación 6188.

Con estos datos la información vía Internet se presentaría de la siguiente manera:

Después de capturar la información solicitada se realiza el envío y en el mismo medio se obtiene el acuse de recibo, el cual se debe imprimir junto con la información transmitida, conforme a lo siguiente:

Esta información  debe presentarse mensualmente, sin que se aclare si debe realizarse en el mismo mes de consumo o en el siguiente, por lo que parecería que se dispone del mes siguiente a cada consumo para la presentación. Sin embargo, la correspondiente a diciembre de 2005 y enero de 2006 se permitió presentarla a más tardar el pasado 28 de febrero.
Finalmente, cuando los contribuyentes opten por presentar en escrito la citada información, en la página del SAT está disponible un formato modelo que permite la captura directa, el cual se imprimirá en dos tantos y se presentará ante la autoridad correspondiente.