Retiro de utilidades reinvertidas

Retiro de utilidades reinvertidas

.
 .  (Foto: IDC online)
Colaboración de la firma DFK International, a través del contador público Marco Antonio Flores Santos, socio del despacho GLF-DFK, Granillo, López y Flores, S.C. y expositor del Centro de Estudios Fiscales, S.C. donde bajo una propuesta personal enfatiza la conveniencia de efectuar el retiro de utilidades reinvertidas a los accionistas, aprovechando una reducción del ISR conforme a las disposiciones aplicables en la ley
 
1. Reinversión de utilidades netas
2. Cálculo del ISR por retiro de utilidades reinvertidas
3. La voz de los tribunales
4. Diferencia entre CUFIN y CUFINRE
5. Reflexiones

1. Reinversión de utilidades netas
Durante los ejercicios de 1999 a 2001, la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) contenía una opción al alcance de cualquier contribuyente persona moral del régimen general de ley (no así para el régimen simplificado); la cual consistió en reinvertir la utilidad neta que hubiera sido gravada por el fisco durante esos tres años, a través del ISR corporativo (en cual se hace manifiesto al presentar la declaración anual), lo que se tradujo en un diferimiento parcial y gratuito del ISR (con actualización y sin recargos) que se determinó al efecto de presentar la declaración anual de cualquiera de esos tres ejercicios.

Lo anterior se hizo evidente a partir de la intención de los accionistas de no decretar ni cobrar dividendos; así pues, en tanto los accionistas dejen las utilidades en la emisora, no detonará el momento en que ese impuesto ya causado, deba enterarse al fisco federal.