Resolución indebidamente motivada

Resolución indebidamente motivada

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 .  (Foto: IDC online)

INDEBIDA MOTIVACIÓN DE UN ACTO DE AUTORIDAD, SE PRESENTA CUANDO SE SUSTENTA EN ACTOS QUE SE ENCUENTRA SUBJÚDICE. Se considera que una resolución está indebidamente motivada, y por tanto se torna ilegal, cuando los actos que la autoridad tomó como base para su emisión, aún no son actos firmes, que puedan ser sustento de otra resolución, es decir, no pueden acreditar una verdad legal, como lo pretenden las enjuiciadas, al basarse en ellos para señalar que la actora no cumplió con los requisitos establecidos en los determinados Decretos, y que por tanto, no cumplió con la regulación administrativa requerida para gozar de los beneficios otorgados mediante los, por lo que si la atora ha demostrado en juicio su afirmación en el sentido de que las resoluciones que soportan la decisión de la autoridad se encuentran subjúdice, es evidente la indebida motivación efectuada, actualizándose entonces la causal de nulidad prevista por la fracción IV, del artículo 238 del Código Fiscal de la Federación, siendo procedente declarar la nulidad lisa y llana de la resolución traída a juicio. (7)

Precedentes

Juicio No. 31003/03-17-10-8.- Resuelto por la Décima Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, el 2 de agosto de 2004, por unanimidad de votos,.- Magistrada Instructora: Yolanda Vergara Peralta.- Secretaria: Lic. Thelma Semíramis Calva García.

Fuente:

Revista no. 49, Tomo II, Quinta Época, Enero 2005, No. de página 576