IVA acreditable para municipios

Conforme la LIVA vigente de 2002 a 2004, los municipios únicamente podrán acreditar el IVA si son causantes de dicha contribución

.
 .  (Foto: IDC online)

J U R I S P R U D E N C I A 142/2007

VALOR AGREGADO. LOS MUNICIPIOS PUEDEN EFECTUAR SU ACREDITAMIENTO ÚNICAMENTE SI SON CAUSANTES DE DICHA CONTRIBUCIÓN (LEGISLACIÓN VIGENTE EN 2002, 2003 Y 2004). Conforme al artículo 4o. de la Ley del Impuesto al Valor Agregado vigente en 2002, 2003 y 2004, existen tres sistemas para determinar el impuesto acreditable dependiendo de que el causante realice actividades totalmente gravadas, totalmente exentas o mixtas, siendo acreditable en su totalidad en el primer supuesto, parcialmente en el tercero y no siéndolo en el segundo. En tal razón, los Municipios podrán acreditar el impuesto al valor agregado que les haya sido trasladado o que hubieren pagado en la importación únicamente por las actividades que realicen y por las que estén obligados al pago del impuesto establecido en la Ley del Impuesto al Valor Agregado. Así, los Municipios únicamente pueden acreditar el impuesto cuando sean causantes del mismo, ya que solamente en este supuesto podrán ubicarse en el primer o tercer sistema.

Contradicción de tesis 112/2007-SS.- Entre las sustentadas por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Civil del Séptimo Circuito, el Segundo Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Séptimo Circuito y el Décimo Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito.- 8 de agosto de 2007.- Cinco votos.- Ponente: Genaro David Góngora Pimentel.- Secretario: Alfredo Aragón Jiménez Castro.

LICENCIADO MARIO EDUARDO PLATA ÁLVAREZ, SECRETARIO DE ACUERDOS DE LA SEGUNDA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, C E R T I F I C A: Que el rubro y texto de la anterior jurisprudencia fueron aprobados por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del ocho de agosto de dos mil siete.- México, Distrito Federal, a ocho de agosto de dos mil siete.- Doy fe.

Jurisprudencia agosto 2007 pendiente de publicarse en el SJF