Aviso de cambio de régimen para repecos

Aviso de cambio de régimen para repecos

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 .  (Foto: IDC online)

Debido a las altas ventas que he tenido en los últimos meses, es probable que deje de tributar en el régimen de ?pequeños contribuyentes?. ¿Qué aviso debo presentar y cuál es el plazo para presentarlo

El aviso de cambio de situación fiscal, en términos del artículo 139, fracción II de la Nueva Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), debe presentarse dentro del mes siguiente a la fecha en que se den los supuestos para dejar de tributar conforme al régimen de ?pequeños contribuyentes?.

Ahora bien, el cambio de régimen podrá realizarse a través de la forma oficial R-2 ?Avisos al Registro Federal de Contribuyentes. Cambio de situación fiscal?, así como su Anexo 4 si va a tributar en el régimen general o su Anexo 5 si va a hacerlo en el régimen intermedio.