Régimen de sociedades cooperativas

Régimen de sociedades cooperativas

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 .  (Foto: IDC online)

Estamos por constituir una sociedad cooperativa de consumidores que se dedicará a la construcción de vivienda. ¿Qué régimen fiscal le resultará aplicable

El artículo 22 de la Ley General de Sociedades Cooperativas establece que las sociedades cooperativas de consumidores son aquéllas cuyos miembros se asocian con el objeto de obtener en común artículos, bienes y/o servicios para ellos, sus hogares o sus actividades económicas.

En este sentido, si la citada sociedad se constituye con el fin de construir viviendas exclusivamente para sus socios o sus actividades económicas, y no para su venta, tributará en el régimen de personas morales con fines no lucrativos, en términos del artículo 95, fracción VII de la Nueva LISR.

Por otra parte, si la sociedad cooperativa pretende construir las viviendas para posteriormente enajenarlas, se consideraría como una sociedad cooperativa de producción de servicios, y en consecuencia deberá tributar en el régimen general de las personas morales.