Utilidad cambiaria, ¿base de PTU?

Utilidad cambiaria, ¿base de PTU?

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 .  (Foto: IDC online)

Nos dedicamos a la prestación de servicios de asesoría a distintas personas morales. Durante el ejercicio 2001, una de ellas registró en contabilidad una utilidad cambiaria devengada procedente de operaciones exigibles dentro de dos años; ¿dicha utilidad debe ser considerada como ingreso base para la determinación de la PTU del ejercicio, en términos del artículo 16 de la Nueva LISR

El artículo 16, fracción I, inciso b) de la Nueva LISR señala que la fluctuación cambiaria se acumulará en el ejercicio de exigibilidad de las deudas o créditos, de tal forma en el caso concreto, dicha utilidad será acumulable dentro de dos años.