De prestador de servicios a trabajador

De prestador de servicios a trabajador

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 .  (Foto: IDC online)

Tributo en el régimen de actividades profesionales dando asesorías de carácter administrativo a algunas empresas, y una de ellas me ha invitado a colaborar como empleado dentro de ella. ¿Existe alguna posibilidad de solicitarles mediante un escrito que no se me efectúe retención del ISR y me lo paguen en forma íntegra, obligándome a presentar el entero mensual de todas mis percepciones

La LISR no contempla un tratamiento especial para el caso en comento, por lo cual debe sujetarse a lo establecido en el artículo 113 de la misma; esto es, el empleador deberá efectuar el cálculo y entero del impuesto correspondiente a salarios, y sólo para el cálculo del impuesto del ejercicio, el trabajador deberá sumar la totalidad de sus ingresos acumulables para determinar el impuesto con base en la tarifa prevista en el artículo 177 de la misma Ley.

Para poder llevar a cabo lo que pretende será necesario solicitar una autorización a la autoridad fiscal, y que expresamente se la concedan.