Residentes en el Extranjero

Residentes en el Extranjero

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 .  (Foto: IDC online)

¿Puede considerarse residente en el extranjero y aplicarle la regla de ISR extranjeros, en ISR retención a una persona que todos sus ingresos los obtiene en México pero su casa habitación esta en US a la cual regresa diariamente y en México no tiene casa

Respuesta:

En principio es importante mencionar que para efectos fiscales en México, el artículo 9 de la LISR precisa que se considera que las personas físicas son residentes en territorio nacional cuando:

  • tengan su casa habitación en México, y
  • además de tener casa habitación en México también tengan casa habitación en otro país y el centro de intereses vitales se encuentra en territorio nacional, entendiéndose por este último:

a)              Cuando más del 50% de los ingresos totales que obtenga la persona física en el año de calendario tenga fuente de riqueza en México, y

b)              Cuando en el país tenga el centro principal de sus actividades.

Por otro lado, el artículo 1º de la LISR indica que las personas físicas y morales, se encuentran obligadas al pago de ISR, en los siguientes casos:

  • Los residentes en México,
  • Los residentes en el extranjero, que tengan establecimiento permanente en el país, y
  • Los residentes en el extranjero, respecto de los ingresos procedentes de fuente de riqueza situadas en el territorio nacional.

Como se puede observar la LISR grava los ingresos que obtienen las personas físicas y morales, basando su obligación del impuesto en la residencia.

En este tenor, si la persona física tiene su casa habitación en EE. UU. y sus ingresos los obtiene en México, dicha persona se considera residente en el extranjero, por consiguiente no se encuadra en lo establecido en el artículo 9 del CFF y por ende le será aplicable el Título V de la LISR ?DE LOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO CON INGRESOS PROVENIENTES DE FUENTE DE RIQUEZA UBICADA EN TERRITORIO NACIONAL?.