Deducción de cuotas obrero patronales

Deducción de cuotas obrero patronales

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 .  (Foto: IDC online)

Voy a efectuar el pago de las cuotas obrero patronales IMSS-INFONAVIT correspondientes al mes de agosto por un importe de $6,000.00, sin embargo la persona encargada y única autorizada para firmar los cheques esta de viaje, entonces mi pregunta es, ¿si efectuó dicho pago en efectivo, esto es, no con cheque nominativo de la gasolinera, será deducible

El artículo 32, fracción I de la LISR, precisa que las aportaciones al Instituto Mexicano del Seguro Social son deducibles.

Ahora bien, el artículo 31, fracción III de la LISR indica los requisitos que deben cumplir las deducciones, dentro de los cuales se encuentra que el pago de la erogación cuyo monto exceda de $2000.00 deberá efectuarse con cheque nominativo del contribuyente, tarjeta de crédito, de débito o de servicios, o a través de los monederos electrónicos que el efecto autorice el Servicio de Administración Tributaria.

Por otro lado, el artículo 20 del CFF establece como medio de pago de las contribuciones, los cheques certificados o de caja y la transferencia electrónica de fondos a favor de la Tesorería de la Federación de conformidad con las reglas de carácter general que expida el Servicio de Administración Tributaria.

En este sentido, el contribuyente podrá acudir a la Institución Bancaria y adquirir un cheque de caja con el cual pueda efectuar el pago de las cuotas obrero patronales del IMSS e Infonavit, ya que de ser pagadas en efectivo serán no deducibles, por no cumplir con alguna de las formas de pago mencionadas en el precepto antes citado.