¿Obligatoria la factura electrónica?

¿Obligatoria la factura electrónica?

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 .  (Foto: IDC online)

El director de la compañía recibió la comunicación de uno de nuestros clientes más importantes que a partir del mes de octubre le debemos expedir comprobantes fiscales digitales a efecto de poder tramitar nuestros pagos. ¿Estamos obligados a expedir dichos comprobantes El artículo 29 del CFF prescribe que cuando las leyes fiscales establezcan la obligación de expedir comprobantes por las actividades que se realicen, éstos deberán reunir los requisitos señalados en el artículo 29-A de ese Código, los cuales se imprimirán antes de su utilización por establecimientos autorizados por el SAT.

Sin embargo, el noveno párrafo de citado artículo 29, dispone que las personas físicas y morales que cuenten con un certificado de FEA vigente y lleven su contabilidad en sistema electrónico, podrán emitir los comprobantes de las operaciones que realicen mediante documentos digitales, siempre que dichos documentos cuenten con sello digital amparado por un certificado expedido por el SAT.

De lo anterior se desprende que la emisión de comprobantes digitales es una opción y quienes no decidan ejercerla podrán expedir los comprobantes preimpresos; en consecuencia, será decisión exclusiva del contribuyente el formato de expedición de sus comprobantes, sin que se tenga que subordinar a las exigencias de un tercero.