Domicilio de sucursales en comprobantes

Domicilio de sucursales en comprobantes

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 .  (Foto: IDC online)

Asesoramos a una corporación que tiene sucursales en varios estados de la república y por sus actividades se realizan erogaciones en cada una de ellas y en los comprobantes recibidos se consigna el domicilio de cada sucursal. ¿Procede la deducción de estas erogaciones El artículo 31, fracción III de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) establece como un requisito para las deducciones, el estar amparadas con documentación que reúna los requisitos que señalen las disposiciones fiscales relativas a la identidad y domicilio de quien la expida, así como de quien adquirió el bien de que se trate o recibió el servicio, sin que dicho ordenamiento o algún otro, establezca que deba ser el domicilio fiscal de quien adquiere el bien o el domicilio de alguno de los establecimientos.

Por lo anterior, sería indistinto el domicilio fiscal o de algún otro establecimiento que se consigne en el comprobante respectivo tratándose de contribuyentes con más de un local o establecimiento, toda vez que el requisito de contener el domicilio se cumple cabalmente, incluso, se recomienda identificar el domicilio que realiza la deducción, a efecto de facilitar la correlación como gastos estrictamente indispensables relacionados con la actividad.