Ejercicio de la opción para dictaminar

Ejercicio de la opción para dictaminar

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 .  (Foto: IDC online)

El artículo 32-A del CFF establece la posibilidad a los contribuyentes de optar por dictaminar sus estados financieros, para ello deberán manifestarlo al presentar la declaración del ejercicio del ISR; sin embargo, con base en la regla 2.17.3. de la RMISC 2004 el dictamen funge como la declaración anual; por ende ¿cómo manifiestan las personas morales a la autoridad fiscal la opción de dictaminarse

Tomando en consideración que el dictamen hace las veces de la declaración anual, y al no existir otro formato expreso para ello, los contribuyentes manifestarán la opción de dictaminar sus estados financieros a través de escrito libre, mismo que deberá cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 31 del Código Fiscal de la Federación (CFF). Lo anterior ha sido confirmado en la regla 2.10.23 de la RMISC 2004.