Requisitos para dictamen voluntario

Requisitos para dictamen voluntario

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 .  (Foto: IDC online)

¿Cuándo y cómo se debe de manifestar al SAT que se quiere dictaminar voluntariamente Respuesta

De acuerdo con la regla 2.10.22. de la Resolución Miscelánea,  los contribuyentes que opten por dictaminar sus estados financieros deben presentar escrito libre en donde manifiesten que optan por presentar el dictamen de estados financieros; así como el ejercicio que se dictaminará, dicho escrito debe presentarse ante la Administración Local de Asistencia al Contribuyente que corresponda a más tardar el último día del mes de marzo del siguiente año del ejercicio que se dictamine tratándose de personas morales o a más tardar el último día del mes de abril en el caso de personas físicas.