Deudas que disminuyen la base del IA

Deudas que disminuyen la base del IA

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 .  (Foto: IDC online)

Nuestra empresa es contribuyente del impuesto al activo (IA), por lo cual calcula sus pagos provisionales con base en el impuesto del ejercicio 2004 considerando las deudas contratadas en el extranjero, sin embargo el resultado se reduce al 50% del impuesto determinado, ¿Es correcto considerar como deudas las derivadas de compras de mercancías con partes relacionadas extranjeras

Con motivo de la reforma al artículo 5o de la LIA, a partir del 1o de enero de 2005 se podrá disminuir del valor del activo, el importe de las deudas contratadas con empresas residentes en el extranjero o con el sistema financiero.

No obstante, esta reforma no precisó si estos importes también se adecuarían en la determinación de los pagos provisionales, toda vez que se determinan considerando como base el impuesto del ejercicio inmediato anterior.

Ante esta omisión, la autoridad tributaria se vio en la  necesidad de emitir la regla 4.5. de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMISC) 2005, donde se permite deducir de la base para los pagos provisionales del IA 2005, las deudas contratadas con empresas del extranjero, sin que exista mayor limitante a lo establecido en el propio artículo 5o de la Ley de la Materia, esto es, se trate de deudas no negociables, sin importar la relación jurídica o de otra índole entre las partes contratantes.