Deducciones del año 2004

Deducciones del año 2004

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 .  (Foto: IDC online)

En el ejercicio 2004, tengo pasivos a favor de sociedades anónimas y hasta la fecha (diciembre del 2005) no las he pagado, ¿cuándo son deducibles Respuesta:

De conformidad con el artículo 31, fracciones III, IX y XIX de la LISR, si se trata de pagos a personas morales de régimen general, se deducirá el total del gasto en el ejercicio en el cual se tenga el comprobante correspondiente, es decir en 2005.

Si se trata de pagos a personas morales del régimen simplificado (transportistas o sector agropecuario), el gasto se deducirá conforme se vaya pagando.