Ley: ¿aplicable desde su publicación?

Ley: ¿aplicable desde su publicación?

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 .  (Foto: IDC online)

Por medio del IDC@Infoflash número 451 conocimos de la publicación de la Nueva Ley Federal de Derechos del Contribuyente (LFDC), en donde se consagran importantes derechos vinculados con el ejercicio de las facultades de comprobación de las autoridades fiscales. Unos días posteriores a su publicación dichas autoridades iniciaron una visita domiciliaria, y queremos aplicar los mencionados derechos. Dado que ya es una norma conocida tanto por los gobernados como por las autoridades ¿es factible su aplicación a pesar de que se hubiese fijado una fecha determinada para el inicio de su vigencia, la cual es anterior al inicio de la citada visita

El artículo segundo transitorio de la LFDC determina que sus disposiciones sólo serán aplicables al ejercicio de las facultades de comprobación de las autoridades fiscales que se inicien a partir de la entrada en vigor del ordenamiento.

Por su parte, el artículo primero transitorio de la misma Ley estableció que entraría en vigor al mes siguiente de su publicación, es decir, hasta el 23 de julio; con lo cual, el período de su publicación al de su entrada en vigor es lo que técnicamente se conoce como vacatio legis, donde las normas no surten sus efectos, ni pueden ser aplicadas, ni por la autoridad, ni por el gobernado.

En este orden, a pesar de haberse publicado el nuevo ordenamiento y conocer su articulado, sus disposiciones sólo podrán aplicarse a las facultades de comprobación que se hubiesen iniciado a partir del pasado 23 de julio, por lo que en su caso concreto, legalmente no podría beneficiarse de los derechos consagrados en la citada Ley.