Factura electrónica ¿global?

Factura electrónica ¿global?

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 .  (Foto: IDC online)

Nuestra corporación pretende emitir facturas electrónicas, sin embargo, actualmente se realiza un concentrado de las facturas del día y procedemos a efectuar una póliza global por las ventas del día. Uno de los requerimientos de dicha factura electrónica, consiste en que al asignar el folio al comprobante fiscal digital, se realice simultáneamente el registro en la contabilidad. ¿El término simultáneamente permitirá aplicar facturas por concentración 

Los sistemas informáticos no pueden realizar operaciones de manera simultánea sino consecutiva.

Por ello, aún cuando el criterio de las autoridades es que todo debe realizarse en el mismo momento, los proveedores de sistemas de factura electrónica han creado herramientas que permiten que una vez emitido el CFD, se realice un proceso electrónico que genere las pólizas de contabilidad; para lo cual se crean previamente catálogos de cuentas contables.

Con dichos procesos se busca eliminar cualquier riesgo de alteración en la contabilidad, garantizando el registro de la totalidad de los ingresos. Se sugiere inclusive considerar lo previsto por la regla 2.22.6. de la RMISC 2006, la cual precisa que tratándose de establecimientos, locales o sucursales que no puedan afectar de manera simultánea los registros contables en el sistema electrónico, se considerará que se cumple con dicho requisito cuando el registro contable se realice dentro del término de 24 horas siguientes a la generación del CFD.

Los sistemas electrónicos de los establecimientos, locales o sucursales deberán mantener almacenados temporalmente los CFD?s y los registros electrónicos que les dieron origen y transmitirlos dentro del término señalado en el párrafo anterior, dejando evidencia de la fecha y hora de transmisión. El almacenamiento temporal, se deberá hacer como mínimo por un plazo de tres meses.