Estímulo a dispensarios de gasolina

Estímulo a dispensarios de gasolina

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 .  (Foto: IDC online)

Respecto del estímulo fiscal para gasolineros, si la empresa dio un anticipo en agosto a cuenta de los dispensarios que cambiarán y la factura de la compra de los dispensario, el proveedor la entregará hasta que los instale, pues de hecho no conoce el número de serie de dichos equipos,... Respecto del estímulo fiscal para gasolineros, si la empresa dio un anticipo en agosto a cuenta de los dispensarios que cambiarán y la factura de la compra de los dispensario, el proveedor la entregará hasta que los instale, pues de hecho no conoce el número de serie de dichos equipos, el anticipo que se dio en agosto, ¿lo podemos acreditar en agosto vs impuestos

El artículo tercero del decreto publicado en el DOF el 26 de junio de 2006 establece como requisito para poder aplicar el estímulo en cuestión:

?Comprobar que adquirieron e instalaron los dispensarios nuevos dentro del plazo a que se refiere el artículo primero del presente Decreto, con el acta de verificación inicial que expida la Procuraduría Federal del Consumidor de cada uno de dichos dispensarios, siempre que en dicha acta se señale que el dispensario cumple con las características a que se refieren las fracciones I y II de este artículo.?

Por lo tanto, es indispensable haber instalado los dispensarios así como contar con el acta de verificación de la PROFECO a fin de poder aplicar el estimulo en cuestión, por lo que si en el mes de agosto no se instalaron los dispensarios y no recaba la citada acta de verificación, no procedería la aplicación del estímulo fiscal, si no más bien hasta el período en que se instalen los dispensarios y cuente con el acta de la PROFECO y siempre que se reúnan los demás requisitos previstos en el decreto citado.