Asalariado extranjero ¿debe pagar ISR?

Asalariado extranjero ¿debe pagar ISR?

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 .  (Foto: IDC online)

Personal extranjero que presta servicios a una empresa residente en el extranjero sin establecimiento permanente en México, pero que su estancia es de mas de 183 días en el país, debe pagar impuestos en México aunque los ingresos los perciba de su patrón extranjero De conformidad con el artículo 180 de la LISR, tratándose de los ingresos por salarios y en general por la prestación de un servicio personal subordinado, se considerará que la fuente de riqueza se encuentra en territorio nacional cuando el servicio se preste en el país.

Por su parte, el artículo 181 establece que se exceptúan del pago del impuesto a que se refiere el artículo anterior, por los ingresos por salarios pagados por residentes en el extranjero, que no tengan establecimiento permanente en el país siempre que la estancia del prestador del servicio en territorio nacional sea menor a 183 días naturales, consecutivos o no, en un periodo de doce meses.

Por lo tanto, en el caso planteado en su consulta, sí deberá pagar el ISR en México, para lo cual podrá considerar cualquiera de las opciones de pago planteadas en el artículo 249 del RLISR.