Respecto a la informativa de clientes y proveedores ¿Se deben informar las operaciones realizadas o las efectivamente cobradas o pagadas ¿Es el mismo criterio para personas físicas que para morales
Cabe señalar que la obligación de presentar la declaración informativa de clientes y proveedores (tanto para personas físicas como morales) es por las operaciones realizadas, sin que la fracción VIII del artículo 86, distinga a si estas fueron o no efectivamente pagadas, por lo que deberán de considerarse el monto total de operaciones, aun cuando estén pendientes de cobro o pago al cierre del ejercicio.